Pasos para cobrar un seguro de vida 2025

Cobrar un seguro de vida en España puede parecer un trámite complejo, pero conociendo bien el proceso y actuando con diligencia puedes agilizarlo y garantizar que los beneficiarios reciban lo que les corresponde.
A continuación encontrarás una guía clara con los pasos que deberás seguir, con especial atención al entorno legal español, para que no te quedes sin ejercer tu derecho. Además de esto, si aún no tienes cubierta tu situación o buscas optimizar tu protección, te animamos a compara seguros de vida para que puedas tomar la decisión más adecuada para ti y los tuyos.
Paso a paso para cobrar el seguro de vida
Para cobrar un seguro de vida es necesario que sigas los siguientes pasos:
1. Notificación del fallecimiento
Contacta con la aseguradora lo antes posible para comunicar el fallecimiento del asegurado. Según la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro, artículo 18, el asegurador debe realizar el pago mínimo dentro de los cuarenta días desde la declaración del siniestro y la entrega de toda la documentación conocida.
Este paso es clave porque muchos contratos especifican un plazo concreto —a menudo de siete días desde el conocimiento del hecho— para notificarlo.
Una notificación rápida no solo ahorra tiempo, sino que evita la pérdida de derechos por incumplimiento de plazos.
2. Reunir la documentación necesaria
Para avanzar, necesitarás reunir varios documentos esenciales:
- Certificado de defunción del asegurado, expedido por el Registro Civil.
- Póliza de seguro o copia de la misma, donde se identifique la cobertura y beneficiarios.
- Formulario de reclamación que la aseguradora te facilitará.
- Identificación tanto del asegurado como del beneficiario (DNI/NIE, libro de familia si aplica).
- Pruebas adicionales, como informe médico o informe de autopsia si la muerte fue accidental o bajo circunstancias especiales.
- Certificado de últimas voluntades y, en su caso, copia del testamento o declaración de herederos.
- Liquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones, si la aseguradora lo exige para el pago.
3. Completar el formulario de reclamación
En el formulario se deben incluir datos como:
- Nombre completo del asegurado, número de póliza, fecha y causa del fallecimiento.
- Nombre del beneficiario, su relación con el asegurado, dirección, número de contacto y, si aplica, situación familiar.
- Datos bancarios para el depósito o cuenta donde se desea recibir el pago.
4. Enviar la documentación
Tienes diversas vías:
- Correo postal certificado o con acuse de recibo.
- Presentación en línea, si la aseguradora lo permite (cada vez más común).
- Entrega en oficina, si prefieres atención presencial.
5. Proceso de revisión
La aseguradora revisará los documentos presentados. Este proceso puede tardar varias semanas dependiendo de la complejidad del caso. Si todo está correcto, procederá al pago; si falta algo, te pedirá información adicional.
6. Resolución de la reclamación
- Aprobación: se autoriza el pago del capital asegurado.
- Solicitud de información adicional: la aseguradora lo comunica y espera la documentación completa.
- Rechazo: en caso de discrepancias, omisión de datos o fraude, se informan los motivos.
7. Recepción del pago
El beneficiario recibirá la indemnización normalmente de dos formas: pago único o renta (dependiendo de la póliza contratada). Según la ley, la aseguradora tiene un plazo para realizar el abono.
8. Consultar con un profesional (opcional)
Si el proceso se complica —por ejemplo, en casos de invalidez, fallecimiento por accidente, o disputa sobre beneficiarios— es recomendable consultar con un asesor especializado.
Además de estar al tanto de todos estos pasos, puedes también ahorrar comparando seguros de vida y así asegurarte de que tú y los tuyos estéis protegidos de la mejor forma posible. Compara seguros de vida.
¿Qué se necesita para cobrar un seguro de vida?
Para cobrar un seguro de vida no basta con que el asegurado haya fallecido; es necesario cumplir una serie de requisitos legales, documentales y contractuales:
- Ser beneficiario designado en la póliza o, en su defecto, estar incluido como beneficiario legal (cónyuge, hijos o padres) según Código Civil y la normativa sobre seguros.
- Que la póliza estuviera vigente y las primas al día; el impago puede implicar pérdida de cobertura.
- Notificar el siniestro dentro del plazo estipulado (generalmente siete días, salvo que la póliza especifique otro).
- Entregar la documentación requerida (ver tabla 1).
- Haber cumplido con el deber de veracidad al contratar la póliza: mentir en el cuestionario médico puede causar la nulidad del contrato.
- En su caso, haber presentado la autoliquidación del Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
- Respetar el plazo de prescripción: en general cinco años para reclamar el seguro si no se ha ejercido el derecho.
Tabla 1: Documentación habitual para cobrar un seguro de vida
| Documento | Quién lo emite / aporta | Comentario |
|---|---|---|
| Certificado de defunción | Registro Civil | Esencial para iniciar el trámite |
| Póliza o copia de la póliza | Aseguradora o copia del asegurado | Identifica cobertura y beneficiarios |
| Identificación del beneficiario | DNI/NIE | Justifica la identidad |
| Certificado de últimas voluntades | Ministerio de Justicia (registro) | Verifica existencia de testamento |
| Declaración de herederos o testamento | Notaría o Juzgado | Si no hay beneficiario designado |
| Informe médico, autopsia o diligencias | Hospital / Juzgado (en caso de accidente) | Si la muerte fue violenta |
| Liquidación del Impuesto de Sucesiones | Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma | Puede requerirse antes del pago |
Tabla 2: Plazos importantes en el proceso
| Concepto | Plazo legal / orientativo | Referencia |
|---|---|---|
| Notificación del siniestro | Suele dentro de los 7 días (según póliza) | |
| Pago del importe mínimo por aseguradora | 40 días desde declaración del siniestro + documentación | |
| Prescripción para reclamar el seguro | 5 años (en ausencia de dolo o mala fe) |
¿Cuándo se debe cobrar el seguro de vida?
El seguro de vida se debe cobrar tan pronto como sea posible tras el fallecimiento del asegurado. Notificarlo lo antes posible y entregar la documentación requerida garantiza que no se pierda el derecho al beneficio ni se dilate el proceso.
Por ejemplo, dejar pasar meses sin comunicarlo puede dificultar la obtención de informes médicos, autopsias o estados de cuenta necesarios. Además, aunque la prescripción sea de cinco años, cuanto antes se actúe, menos probabilidades habrá de encontrarse con complicaciones.
También es conveniente tener en cuenta que algunas pólizas establecen carencias o exclusiones (como la muerte por suicidio en los primeros doce meses) que pueden diferir la cobertura o impedirla. Por ello, conocer bien las condiciones del contrato resulta fundamental.
¿Qué pasa si no cobro el seguro de vida a tiempo?
Si no cobras el seguro de vida a tiempo, pueden surgir varios problemas:
- Prescripción del derecho: aunque el plazo estándar para reclamar sea de cinco años, si ha mediado dolo o mala fe puede perderse el derecho antes.
- Documentación difícil de obtener: con el tiempo, los expedientes médicos, autopsias, o incluso la póliza pueden perderse o archivarse, dificultando el trámite.
- Cobertura condicionada: si la póliza incluía una cláusula de carencia para ciertas causas de fallecimiento (por ejemplo, suicidio) y ha pasado ese plazo, la aseguradora podría alegar que la reclamación se encuentra fuera de plazo o incumplía condiciones.
- Mayor riesgo de impago: la aseguradora puede tener más motivos para investigar y demorar el pago si el trámite se inicia de forma tardía.
Por todo ello, cuanto más pronto actúes, mejor. Y es una buena ocasión para revisar tu propia situación y ver si necesitas optimizar tu protección futura. Al hacerlo, no olvides que también puedes compara seguros de vida para elegir la cobertura que mejor se adapte a tu familia.
Preguntas frecuentes
¿Puedo cobrar un seguro de vida si no estoy designado como beneficiario?
Sí, siempre que seas beneficiario legal según el Código Civil (cónyuge, hijos, padres) y no exista beneficiario designado expresamente. De lo contrario, será necesario que la persona asegurada te nombrara como tal.
¿Cuál es el plazo para que la aseguradora pague?
Una vez presentados todos los documentos, la compañía dispone de hasta 40 días para abonarte el importe mínimo, según el artículo 18 de la Ley 50/1980. En muchos casos el pago se realiza dentro de uno a tres meses.
¿Se pagan impuestos al cobrar un seguro de vida?
Generalmente el capital recibido no está sujeto al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) si es por fallecimiento, aunque puede formar parte de la base del Impuesto de Sucesiones y Donaciones según la Comunidad Autónoma. Siempre conviene consultar la normativa autonómica.
¿Se puede reclamar una póliza de vida que desconocía el beneficiario?
Sí. Existe el Registro de Contratos de Seguros con cobertura de fallecimiento que permite consultar si el asegurado tenía una póliza. Debes esperar al menos 15 días tras el fallecimiento para solicitarlo.
Conclusión
Cobrar un seguro de vida en España implica seguir un proceso claro pero riguroso: notificar el fallecimiento, reunir y presentar documentación, esperar la revisión y recibir el pago. Conocer tus derechos y los plazos, así como actuar con prontitud, marcará la diferencia entre un trámite ágil o una reclamación prolongada.
Si aún no lo tienes, o consideras que la póliza que tienes podría mejorarse, te recomendamos comparar opciones sin compromiso. Al hacerlo, puedes no solo proteger mejor a tu familia, sino también ahorrar mes a mes. Por eso, te invitamos nuevamente a compara seguros de vida y descubre la tranquilidad de saber que has hecho lo correcto.